CNMC regula los permisos flexibles para conectar nuevos consumidores a la red eléctrica

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado una resolución histórica que establece los parámetros para la concesión de permisos de acceso flexibles a las redes de transporte y distribución eléctrica para nuevos consumidores. La medida, que desarrolla los criterios técnicos de la Circular 1/2024, rompe con el modelo tradicional basado exclusivamente en el suministro firme continuo. De esta forma, el organismo regulador permitirá a nuevas industrias y centros de almacenamiento energético conectarse a nodos saturados a cambio de aceptar limitaciones puntuales en su demanda en momentos de congestión de la red.
La nueva normativa, que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre de 2026, busca dar salida de forma prioritaria a las solicitudes de proyectos electrointensivos, centros logísticos y sistemas de baterías que hasta ahora permanecían bloqueados por falta de capacidad disponible estructural. Mediante este marco normativo, el supervisor delega en los gestores de redes de distribución y en el operador del sistema (Red Eléctrica) la facultad de coordinar reducciones controladas de potencia en tiempo real para evitar sobrecargas, garantizando siempre la seguridad del suministro eléctrico general.

Cuatro modalidades de permisos para flexibilizar la demanda

La resolución del organismo de competencia introduce un catálogo técnico estructurado en cuatro tipos de permisos diferentes, los cuales se adaptan a la tensión de conexión y el volumen de potencia requerida por las instalaciones solicitantes:
  • Permiso Tipo 0: Diseñado para instalaciones industriales de distribución con una tensión en el punto de conexión superior a 1 kilovoltio (kV), excluyendo sistemas puros de almacenamiento.
  • Permiso Tipo 1: Dirigido a consumos conectados a la red de distribución peninsular mediante una posición dedicada en la subestación, basando su operatividad en sistemas de desconexión remota automatizada.
  • Permiso Tipo 2: Orientado a infraestructuras en media y alta tensión con una potencia flexible superior a 1 megavatio (MW), sujetas a una gestión activa programada o en tiempo real por el distribuidor.
  • Permiso Tipo 3: Aplicable directamente a grandes centros de consumo vinculados a la red de transporte peninsular con potencias superiores a 1 MW.
De acuerdo con el calendario transitorio dispuesto por la CNMC, los permisos de tipo 0, 1 y 3 podrán comenzar a solicitarse formalmente en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la norma. Por su parte, la implantación de la modalidad tipo 2 se coordinará progresivamente a medida que las distribuidoras desplieguen las herramientas analíticas de observabilidad y telecontrol requeridas por el Procedimiento de Operación de Distribución (POD1), con una fecha límite fijada para el 1 de enero de 2028.
Con este cambio de paradigma regulatorio, las autoridades técnicas independientes estiman que España conseguirá acelerar de forma notable los objetivos nacionales de descarbonización y electrificación industrial. Al optimizar el uso de los activos de red ya existentes mediante la gestión inteligente de la demanda, se minimiza la necesidad de acometer millonarias inversiones en infraestructuras de refuerzo físico, aliviando en última instancia los costes regulados que asumen empresas y consumidores dentro del sistema eléctrico nacional.