Bruselas multa a Glovo y Delivery Hero por prácticas ilegales en el mercado de reparto

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Bruselas multa a Glovo y Delivery Hero por prácticas ilegales en el mercado de reparto

La Comisión Europea ha impuesto una sanción de 329 millones de euros a Glovo y Delivery Hero por infringir las normas de competencia de la Unión Europea. Según Bruselas, ambas empresas llevaron a cabo prácticas anticompetitivas, como el intercambio de información estratégica sobre precios y estrategias comerciales, así como acuerdos para evitar la contratación de empleados de la otra compañía.

Además, se les acusa de haber pactado la distribución de mercados dentro del Espacio Económico Europeo, limitando la competencia y afectando a la libre circulación de servicios. Estas acciones, que se habrían desarrollado entre 2018 y 2022, han sido consideradas una violación grave de las reglas de competencia, lo que ha llevado a la imposición de esta multa

Según la Comisión Europea, el cártel entre Glovo y Delivery Hero comenzó en julio de 2018, cuando la empresa alemana adquirió una participación minoritaria en la española. Estas prácticas anticompetitivas dejaron de ser sancionables en julio de 2022, cuando Delivery Hero tomó el control total de Glovo.

La Comisión Europea ha determinado que, entre 2018 y 2022, Glovo y Delivery Hero eliminaron gradualmente las restricciones competitivas que mantenían entre sí, sustituyéndolas por una estrategia de coordinación anticompetitiva más sofisticada. Este comportamiento incluyó el intercambio de información sensible sobre precios y estrategias comerciales, así como acuerdos para evitar la contratación de empleados de la otra empresa y la división de mercados dentro del Espacio Económico Europeo

Como consecuencia de estas prácticas, Bruselas ha impuesto una multa de 223,2 millones de euros a Delivery Hero y 105,7 millones de euros a Glovo. Ambas compañías han recibido una reducción del 10 % en la sanción por haber reconocido su participación en el cartel y asumir la responsabilidad de sus acciones. Esta decisión marca un precedente en la regulación de la competencia en el sector de reparto de comida a domicilio, subrayando la importancia de garantizar un mercado justo y competitivo.

En concreto, la Comisión castiga tres infracciones, incluidas las cláusulas recíprocas para impedir que una compañía reclutara personal de la otra firma; un pacto que inicialmente abarcaba unas categorías concretas de empleados pero que después se fue ampliando también hasta tener un impacto generalizado sobre casi la totalidad de la plantilla.

El segundo campo de infracción tiene que ver con el intercambio de información sensible como políticas de precios, estrategias de venta, costes o capacidad de producción, con el objetivo de «alinear» sus dinámicas y poder así «influir» en los mercados europeos de la distribución de comida a domicilio.

Finalmente, la tercera práctica que Bruselas castiga por abusiva se refiere a los acuerdos para dividirse los mercados nacionales de la venta online de alimentos en el Espacio Económico Europeo (EEE), incluido evitando la entrada de la otra en sus respectivos mercados nacionales o coordinando la entrada en otros en los que hasta ese momento ninguna de las dos tenía presencia.