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viernes, marzo 29, 2024
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El Tesoro celebra este viernes otra subasta

Según la resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Dirección General del Tesoro ha convocado para el viernes 31 de agosto la sexta subasta de liquidez para entidades financieras de 2012.

La subasta consiste en una operación de compraventa doble en la que se fijan la fecha en la que el Tesoro presta la cantidad a la entidad financiera, el tipo de interés y la fecha en la que la entidad se lo devuelve al organismo público.

Así, en la operación se determinan los requisitos que deben cumplir las entidades financieras para formular peticiones, el plazo al que se realizarán las operaciones y los valores de deuda del Estado que podrán ser objeto de las operaciones.

En este caso, las operaciones de compraventa tendrán un periodo de vigencia del 5 de septiembre al 2 de octubre, ambos incluidos, lo que significa que las entidades recibirán la cifra subastada el 5 de septiembre y la devolverán el 3 de octubre.

Antes de las 10.00 horas de mañana, la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, a través del Banco de España, comunicará a las entidades financieras la cantidad de dinero que se va a subastar.

Las entidades podrán hacer peticiones hasta las 12.30 horas de ese mismo día y deberán remitirse al Banco de España por el procedimiento habitual establecido por dicha institución para las subastas de liquidez.

En las peticiones, los bancos y las cajas tendrán que indicar la cantidad de dinero que quieren recibir a cambio de activos de garantía. El importe mínimo tendrá que ser igual o superior a 200 millones y las peticiones por importes superiores deberán ser múltiplos de un millón de euros. De la misma forma, tendrán que especificar el tipo de interés que están dispuestas a pagar por el dinero recibido.

Las entidades podrán realizar hasta cinco peticiones como máximo, siempre y cuando la suma total de las peticiones no supere el importe total de la subasta del Tesoro.

Podrán participar en la subasta las entidades que sean contrapartidas del Banco de España en sus operaciones de ajuste de política monetaria o tengan la condición de ‘Creadores de Mercado de Deuda Pública’.

Asimismo, podrán participar las entidades que hayan sido autorizadas por el Tesoro, previa solicitud, porque el organismo dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad considera que tienen una presencia destacada en los mercados de deuda pública.

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