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Tribunal de Justicia de la UE: los países deben tomar medidas para que el sector público respete los plazos de pago

 

Tribunal de Justicia de la UE: los países deben tomar medidas para que el sector público respete los plazos de pago

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que los países deben tomar medidas para que el sector público respete los plazos de pago, que no deben ser superiores a 30 o a 60 días en sus operaciones comerciales con proveedores.

El tribunal de Luxemburgo ha emitido una sentencia en la que condena a Italia por haber infringido la directiva que establece medidas contra la morosidad en las operaciones comerciales. En concreto, apunta a Roma por no haber velado por que sus poderes públicos, al actuar como deudores, hayan vigilado que los plazos de pago no superen los días fijados por esta normativa.

Los jueces de Europa han dado así la razón a la Comisión Europea, que ha interpuesto un recurso de incumplimiento ante la Justicia europea luego de que se presentaran una serie de quejas por parte de agentes económicos italianos que denunciaban la morosidad del sector público en el pago de facturas generadas en sus operaciones comerciales con empresas privadas.

Italia dijo que la directiva sólo obliga a los Estados miembros a garantizar plazos máximos confirmes a las reglas europeas y a establecer el derecho de los acreedores a percibir intereses de demora y una compensación por los costes del cobro, pero no asegurar a «observancia efectiva» de tales plazos. El Tribunal de Justicia ha desestimado esta alegación.

El fallo indica que la intención del legislador de la UE era imponer a los países miembros «mayores obligaciones» respecto a las operaciones entre empresas y poderes públicos, dado el «gran número» de operaciones comerciales en las que los poderes públicos son deudores de empresas.

El TUE destaca que la directiva impone a los Estados miembros la obligación de velar por que se observen los plazos de pago establecidos en ella en aquellas operaciones comerciales en las que el deudor sea un poder público.

Para finalizar, el TUE ha apuntado que el hecho de que la morosidad de los poderes públicos esté mejorando «no obsta para que el TUE declare que Italia ha incumplido las obligaciones que le incumben».

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