El Consejo de Ministros del pasado viernes anunció la aprobación de un acuerdo por el que España entra en la alianza multilateral entre autoridades competentes sobre intercambio automático de información de cuentas financieras.
España y otros 52 Estados y Jurisdicciones firmaron el 29 de octubre de 2014, en Berlín, un acuerdo para el intercambio automático de información fiscal internacional. Frente al tradicional intercambio de información «a petición», el presente acuerdo establece un intercambio automático de datos sobre las cuentas bancarias y otros activos que se encuentren en el extranjero.
El acuerdo ha sido calificado como internacional administrativo y se suscribe en el marco del Convenio Multilateral de Asistencia Administrativa Mutua en materia fiscal de 1988, y su Protocolo de 2010, del Consejo de Europa y la OCDE, haciendo uso del Estándar Común de Comunicación desarrollado por de ésta última Organización internacional.
España forma parte del grupo de cinco países, junto con Alemania, Francia, Italia y el Reino Unido, que han promovido este Acuerdo.
El acuerdo prevé la identificación de los números de las cuentas, de los titulares sujetos a comunicación, ya sean personas físicas o jurídicas, los saldos o valor efectivo de los seguros, intereses, dividendos y rentas e ingresos derivados de la enajenación de bienes.
El calendario de aplicación para las partes signatarias del Acuerdo será, primero, un intercambio de información: en septiembre de 2017 referente a datos del año 2016; posteriormente, la calificación como cuentas preexistentes las que estén abiertas a 31 de diciembre de 2015.
La aplicación de las normas de diligencia debida respecto de cuentas nuevas a partir del 1 de enero de 2016, si bien para algunas jurisdicciones estas fechas se podrán retrasar hasta el año 2018.