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viernes, marzo 29, 2024
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El Supremo se pronunciará sobre las tarjetas ‘revolving’

El Supremo se pronunciará sobre las tarjetas 'revolving'

Los magistrados de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo se reunirán en pleno el próximo miércoles 26 de febrero para determinar si las tarjetas ‘revolving’ son usura o no y si gozan de la adecuada transparencia.

El Alto Tribunal sentará jurisprudencia analizando una sentencia referida a una tarjeta comercializada por WiZink Bank con una TAE inicial del 26,82% y que llega desde la Audiencia Provincial de Santander, órgano judicial que estimó en parte un recurso de apelación interpuesto por la entidad contra un fallo del Juzgado de Primera Instancia que declaró la nulidad del contrato entre las partes por existir un interés remuneratorio usurario.

La Ley de Usura determina como nulo cualquier contrato de préstamo, extensible a un crédito, en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y desproporcionado, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de una situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

Las tarjetas ‘revolving’ son tarjetas de crédito en las que se dispone de un límite de crédito determinado que puede devolverse a plazos, a través de cuotas periódicas, pero su peculiaridad reside en que la deuda derivada del crédito se renueva mensualmente.

Los intereses tan altos que finalmente se tienen que pagar han provocado una sucesión de demandas en los juzgados. Por eso, está previsto que, ante la indeterminación de la Justicia, el Tribunal Supremo marque el devenir de las futuras sentencias por este producto.

Además del carácter usurario, la defensa de los consumidores pide que se aplique también la doctrina de la transparencia material. Asufin asegura que cada vez son más los magistrados que declaran la nulidad del crédito por falta de transparencia y abusividad por no superar el control de incorporación y comprensibilidad, y que se han puesto de acuerdo para unificar criterios sin fijarse en las nuevas estadísticas del Banco de España.

Hasta 2017, el boletín estadístico del supervisor publicaba el tipo de interés de los préstamos al consumo englobando las ‘revolving’. No obstante, desde el pasado mes de marzo, procedió a distinguir el precio de los préstamos al consumo de los de las tarjetas de crédito, de modo que surge la duda de si se puede considerar usura un tipo de interés que no se aleja de la media del mercado en este segmento.

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