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jueves, marzo 28, 2024
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La banca española aporta un 19% más al fondo europeo de resolución

La banca española aporta un 19% más al fondo europeo de resolución

La banca española ha aportado este año un total de 847 millones de euros, un 19,6% más que en 2019, al Fondo Único de Resolución europeo, que cuenta ya con cerca de 42.000 millones de euros, tras sumar 9.195 millones de euros de bancos y empresas de servicios de inversión de toda Europa.

A través de un comunicado, el fondo de rescate español, el FROB, ha explicado que en 2020 han contribuido al fondo europeo 96 entidades españolas; según estimaciones de Efe, la cifra aportada por la banca española desde 2015 rondaría los 4.350 millones.

Al mismo tiempo el FROB ha recordado la existencia en España del Fondo de Resolución Nacional, al que han contribuido este año 33 empresas de servicios de inversión que no están incluidas en el ámbito del Mecanismo Único de Resolución y que hace que la recaudación acumulada se sitúe alrededor de los 5,6 millones.

El Fondo Único de Resolución europeo empezó a nutrirse en 2015 con contribuciones del sector privado y su finalidad es apoyar financieramente resoluciones bancarias que requieran intervención europea.

El objetivo es que para 2023 cuente con una cantidad equivalente al 1% del volumen de depósitos garantizados en el área de la moneda única, cifra que a día de hoy supondría unos 62.000 millones. Si bien se estima que se aproxime a los 70.000 millones a finales de 2023.

Esta semana, el Banco de España ha aprobado una circular que revisa su normativa reguladora de publicidad para adaptarla a la evolución del sector publicitario, principalmente como consecuencia del impacto de la tecnología digital, y garantizar una supervisión más eficaz de su cumplimiento, según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La circular aclara el ámbito de aplicación de la norma, que había quedado obsoleto, extiende la aplicación de las reglas de publicidad de la actividad bancaria a los prestamistas y a los intermediarios de crédito inmobiliario para asegurar que la misma actividad se rige por las mismas normas y especifica que el ámbito de aplicación incluye tanto a las entidades españolas como a las extranjeras que realicen actividad publicitaria en territorio español.

En cuanto a las normas que el Banco de España ha establecido para reforzar el control de la actividad publicitaria, se han determinado con mayor precisión los principios y criterios generales sobre el contenido y formato del mensaje publicitario a los que deberá ajustarse la publicidad sobre productos y servicios bancarios y se ha introducido un régimen específico para la publicidad emitida a través de medios audiovisuales o radiofónicos y para la publicidad en medios digitales y redes sociales.

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