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viernes, abril 19, 2024
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El Banco de España modifica la definición de pyme

 El Banco de España modifica la definición de pyme

El Banco de España ha modificado la definición de pequeña y mediana empresa, con objeto de dar más facilidades a las entidades financieras para que concedan créditos a las mismas. A partir del pasado día 12, una pyme es aquella empresa con menos de 250 trabajadores y cuyo volumen de negocio esté por debajo de los 50 millones de euros al año.

Según una circular del Banco de España publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con este cambio se facilitará el crédito, dado que ahora un mayor número de préstamos bancarios podrá clasificarse en la categoría regulatoria de exposiciones frente a minoristas, que se beneficia de un tratamiento más favorable a efectos del cálculo de exposiciones ponderadas por riesgo.

La nueva regulación aprobada por el organismo dirigido por Luis María Linde, adapta la normativa española al concepto de pyme establecido en 2003 por la Comisión Europea y al imperante en la mayor parte de países europeos.

Asimismo, el Banco de España justifica esta modificación en la importancia trascendental de la actividad de las pymes españolas en el crecimiento de la economía y el empleo, y es consciente, además, de los problemas que están soportando desde el inicio de la crisis, por lo que se buscan medidas que favorezcan su acceso a la financiación.

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