El Estado premiará con el 10 por ciento de una herencia sin herederos a quien la comunique

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El Estado premiará con el 10 por ciento de una herencia sin herederos a quien la comunique
El Estado premiará con el 10 por ciento de una herencia sin herederos a quien la comunique

Los ciudadanos que informen a la Administración de la existencia de una herencia sin herederos legítimos pueden recibir una recompensa económica si finalmente esos bienes pasan al Estado. La normativa reconoce este incentivo a través del llamado derecho a premio, que permite cobrar el 10% de la parte correspondiente del caudal líquido de los bienes denunciados.

Este mecanismo se aplica en los casos en los que una persona fallece sin testamento y sin familiares con derecho a heredar. En esas situaciones, el Estado puede reclamar la herencia, siempre que se confirme que no existen herederos legítimos. La comunicación debe realizarse mediante un escrito dirigido a la Delegación de Economía y Hacienda de la provincia donde el fallecido hubiera tenido su último domicilio.

Qué es el derecho a premio

El derecho a premio está recogido en el Real Decreto 1373/2009. Esta norma establece que cualquier ciudadano puede comunicar el fallecimiento intestado de una persona que carezca de herederos legítimos. Si la información aportada resulta correcta y los bienes terminan adjudicándose al Estado, el denunciante podrá recibir una compensación económica.

La recompensa equivale al 10 por ciento del caudal líquido que corresponda proporcionalmente a los bienes incluidos en la denuncia. También se computan, en su caso, los bienes que puedan quedar exceptuados de venta.

El objetivo de esta figura es facilitar que la Administración tenga conocimiento de herencias que, de otro modo, podrían quedar sin reclamar. De esta forma, el Estado puede incorporar esos bienes al patrimonio público cuando no haya personas con derecho legal a recibirlos.

Quiénes no pueden cobrar la recompensa

La normativa también establece límites. No podrán recibir este premio quienes tengan conocimiento de la herencia por razón de su cargo o empleo público. Tampoco podrán beneficiarse las personas que trabajen en centros o residencias donde viviera el fallecido.

La exclusión se extiende a administradores y representantes legales de la persona fallecida. En estos casos, la relación directa con el causante impide acceder a la recompensa. Además, estas personas tienen la obligación de informar de la situación cuando conozcan que alguien ha fallecido sin dejar herederos legítimos.

Por tanto, el premio está pensado para ciudadanos que no tengan una responsabilidad profesional, administrativa o legal vinculada al fallecido y que comuniquen una información relevante para que el Estado pueda iniciar el procedimiento correspondiente.

El Código Civil permite heredar al Estado

El acceso del Estado a estas herencias está contemplado en el Código Civil. La ley establece que, a falta de personas con derecho a heredar, será el Estado quien reciba los bienes del fallecido. La cantidad resultante se ingresará en el Tesoro Público, salvo que por la naturaleza de los bienes heredados el Consejo de Ministros acuerde darles otra aplicación total o parcial.

Además, el Código Civil indica que dos terceras partes del caudal hereditario deberán destinarse a fines de interés social, sumándose a la asignación tributaria prevista para estos fines en los Presupuestos Generales del Estado.

Este sistema permite que los bienes de una persona fallecida sin herederos tengan un destino público. Al mismo tiempo, la normativa incentiva que los ciudadanos comuniquen estas situaciones mediante una compensación económica, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y que la información facilitada permita finalmente la incorporación de la herencia al Estado.