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viernes, marzo 29, 2024
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, contrario a la ley de desahucios

 El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, contrario a la ley de desahucios

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha resuelto este jueves que la legislación española sobre desahucios no cumple la normativa comunitaria debido a que  no proporciona una protección suficiente a los ciudadanos frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.

La legislación española no permite a los jueces paralizar un desahucio invocando cláusulas abusivas en las hipotecas, sino que esta cuestión debe ventilarse en otro juicio una vez que ya se ha ejecutado la expulsión.

El fallo cree que esta protección a posteriori «resulta incompleta e insuficiente» ya que «no permite evitar la pérdida definitiva e irreversible de la vivienda» sino que se limita «al pago de una indemnización por daños y perjuicios».

«Basta con que los profesionales inicien un procedimiento de ejecución hipotecaria para privar a los consumidores de la protección que pretende garantizar la directiva», denuncia la sentencia.

Por consiguiente, el Tribunal de Justicia declara que «la normativa española no se ajusta al principio de efectividad, en la medida en que hace imposible o excesivamente difícil, en los procedimientos de ejecución hipotecaria iniciados a instancia de los profesionales y en los que los consumidores son parte demandada, aplicar la protección que la directiva confiere a estos últimos».

La sentencia del Tribunal de Luxemburgo responde a una cuestión presentada por el juzgado mercantil de Barcelona, que debe dirimir una denuncia presentada por un ciudadano contra CatalunyaCaixa, que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago de la hipoteca.

El ciudadano en cuestión solicita que se declare nula una de las cláusulas del préstamo hipotecario y que, en consecuencia, el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria sea considerado también nulo.

En su fallo de este jueves, el TJUE insiste en que «el régimen procesal español menoscaba la efectividad de la protección que pretende garantizar la directiva».

La sentencia del Tribunal de Luxemburgo dictamina que «La directiva sobre las cláusulas abusivas se opone a una normativa nacional, como la normativa española en cuestión, que no permite al juez que conozca del proceso declarativo -es decir, el que tiene por objeto declarar el carácter abusivo de una cláusula- adoptar medidas cautelares, en particular la suspensión del procedimiento de ejecución, cuando sean necesarias para garantizar la plena eficacia de su decisión final».

El dictamen del TJUE  se produce un día después de las declaraciones del presidente del Gobierno Mariano Rajoy, en las que afirmaba que la dación generalizada o la suspensión de las ejecuciones hipotecarias afectaría negativamente a las garantías hipotecarias y al acceso futuro a los préstamos hipotecarios.

No obstante, también afirmó que intentaría resolver el problema hasta «donde sea posible». Asimismo, el presidente defendió tanto el Código de Buenas Prácticas como las medidas de protección de los deudores hipotecarios. Señaló también que para solventar este problema hay que «conciliar» la solución a los afectados con «la defensa de la seguridad jurídica y el Estado de Derecho», que son «las paredes maestras del sistema, sinónimo de progreso y fiabilidad, y pilares básicos de la recuperación económica de España».

 

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