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viernes, marzo 29, 2024
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Asufin: Debería aprovecharse la constitución de la Autoridad Independiente de Defensa del Cliente Financiero

Asufin: Debería aprovecharse la constitución de la Autoridad Independiente de Defensa del Cliente Financiero

Asufin considera que debe aprovecharse la constitución de la Autoridad Independiente de Defensa del Cliente Financiero, que corre en paralelo a la tramitación de la ley de acciones colectivas, para que este organismo pueda resolver de manera colectiva un mismo problema que afecte a un conjunto de usuarios, de tal manera que no se sature de reclamaciones individuales a la autoridad y los consumidores «no se vean abocados a acudir a los tribunales».

Así se recoge en la nota de prensa que ha remitido hoy la asociación donde da cuenta de las sugerencias que ha enviado al Ministerio de Consumo durante la presentación de enmiendas al anteproyecto de Ley de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, presentación cuyo plazo termina este miércoles.

En concreto, Asufin cree que la nueva autoridad debería aprovechar la transposición de la Directiva de acciones de representación, conocida como acciones colectivas, para agilizar la resolución de conflictos masivos, aliviar los tribunales y mejorar la defensa de los consumidores.

Otro punto que la asociación vería positivo que se corrigiera es el relativo a las sanciones. Tal y como está redactada la norma, actualmente se sancionarían los incumplimientos de resoluciones vinculantes (que son las de importes menores a 20.000 euros o por cantidades indeterminadas), quedando fuera conductas como la reiteración en el incumplimiento de todos ellos.

«Dicho de otro modo, no se sanciona el hecho de que una entidad siga desatendiendo reclamaciones en su servicio de atención al cliente (SAC) sobre hechos ya resueltos favorablemente al cliente por la autoridad, obligando a los clientes a elevar siempre la reclamación a la autoridad. Es un comportamiento que disuade al consumidor de reclamar, cuando debería ser todo lo contrario», sostiene Asufin.

A su parecer, esta situación podría evitarse con un mecanismo sancionador efectivo que no está recogido por la norma. «Somos conscientes de que es el Banco de España el que tiene potestad en materia sancionadora, pero por experiencia sabemos que este tipo de situaciones no se han sancionado nunca y que las entidades abusan de ello», recuerda la organización en su escrito a Consumo.

Finalmente, el documento señala que «es necesario que se establezcan criterios claros sobre la valoración de la mala fe». Asufin comparte el establecimiento de una multa por mala fe al consumidor, pero cree que la norma debe recoger su definición, además de hacer lo propio con las entidades que presentasen de manera reiterada una mala conducta.

Como consideración general, la asociación considera que la aprobación de este organismo es «muy positiva» para el usuario financiero y espera que responda a las expectativas creadas en torno al mismo.

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