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sábado, abril 20, 2024
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El Consejo de Ministros aprueba la reforma laboral

 

Reforma Laboral
La reforma le da un giro completo a la legislación laboral

El Consejo de Ministros ha aprobado por fin la reforma laboral, una medida que, de acuerdo Soraya Sáenz de Santamaría, «marcará un antes y un después en la legislación laboral», y que, tal y como declaró De Guindos durante la reunión de Ministros de Finanzas de la zona euro, se caracteriza por abaratar el despido de manera notoria. La nueva reforma cambia todo lo vigente hasta ahora en cuanto al despido, la contratación, el poder sindical y las negociaciones colectivas.

Para empezar, a partir de ahora la indemnización por despido improcedente, que era de 45 días por cada año trabajado con un máximo de 42 mensualidades, es rebajada a 33 días por cada año trabajado y hasta un máximo de 24 mensualidades. Cabe destacar que, los trabajadores que cuenten actualmente con un contrato seguirán gozando de la anterior indemnización, aunque también se someterán a la nueva reforma. Más en concreto y a manera de ejemplo, un trabajador con un contrato en la actualidad gozará de la anterior indemnización desde el momento en que lo contrataron hasta el momento en que la nueva reforma entró en funcionamiento, y todo el tiempo que transcurra después de la reforma será calculado con las nuevas indemnizaciones.

Junto con las nuevas compensaciones para los casos de despidos improcedentes, el objetivo de la reforma parece ser que la mayor parte de los despidos se paguen con una indemnización aún más baja, de 20 días por año trabajado y hasta un máximo de 12 mensualidades. Si el empleado no acepta esta indemnización, podrá acudir a un juzgado para determinar si puede recibir el pago de 33 días. Lo que se busca es terminar con la práctica del «despido expres», en la que un empresario despedía al trabajador por razones económicas y reconocía desde un principio que las causas eran improcedentes. Era una opción más cara pero más rápida para los empresarios. En cuanto la reforma entre el vigor, esta práctica ya no podrá seguir siendo realizada.

Otro punto a destacar es la eliminación de las autorizaciones administrativas en los casos de regulación de empleo. Así, mientras que hasta ahora, si un empresario deseaba realizar un despido colectivo, debía presentar un ERE y esperar a que fuera aprobado o pactarlo con el sindicato, pagando la indemnización más alta, ahora podrá hacerlo sin tener que presentar el ERE, restándole poder al sindicato y a las negociaciones colectivas.

 

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