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martes, junio 6, 2023
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El Gobierno incentiva la conversión de hipotecas a tipo fijo

El Gobierno incentiva la conversión de hipotecas a tipo fijo

La semana pasada, el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario en el que el Gobierno lleva trabajando desde hace meses. Entre las principales novedades, la nueva legislación abarata las comisiones de cancelación anticipada de las hipotecas a tipo variable, y establece incentivos para fomentar el traspaso de hipotecas de tipo variable a tasa fija.

También, y para elevar la transparencia, se establecen nuevas exigencias de información al cliente por parte de los bancos, incluyendo detalles sobre la existencia de cláusulas potencialmente abusivas u opacas que estén recogidas en la hipoteca.

Otra de las medidas incluidas en el proyecto de ley es el endurecimiento de las condiciones para que la banca puedan iniciar la ejecución de un préstamo hipotecario: deben haberse producido nueve impagos mensuales o del 2% del capital concedido, durante la primera mitad de la vida del préstamo.

La norma, que se envía ahora al Congreso para superar el trámite parlamentario, es el resultado de la trasposición de la Directiva europea sobre Contratos de crédito.

La nueva ley rebaja las comisiones por cancelación anticipada de la hipoteca, una medida que no afectará a los préstamos ya suscritos, sino a las hipotecas que se firmen con posterioridad a la entrada en vigor de la reforma.

La comisión de cancelación para los préstamos a tipo variable será cero a partir del quinto año o del tercer año de vigencia del contrato, en función de lo que se hubiera pactado. En el primer caso (cinco años), el límite será del 0,25% del capital desembolsado anticipadamente. En el segundo (tres años) será del 0,50%. En la actualidad, estos porcentajes son del 0,50% de lo amortizado anticipadamente, si ésta se produce dentro de los cinco primeros años de vida del contrato, o del 0,25% si se produce en un momento posterior.

En el caso de cancelación de los préstamos a tipo fijo, los porcentajes máximos que la norma establece serán del 4% de la cantidad anticipada si esta se efectúa en los 10 primeros años y del 3% si es con posterioridad. En la actualidad no existe límite legal alguno para los préstamos a tipo fijo.

Por lo que respecta a los incentivos para la conversión de hipotecas de tipo variable a fijo, la comisión máxima será del 0,25% del capital pendiente de amortizar si la novación o subrogación del préstamo se produce durante los tres primeros años de vigencia del contrato y de cero si se produce con posterioridad. Estos incentivos pueden aplicarse a las hipotecas ya firmadas.

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