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viernes, abril 19, 2024
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Bruselas da dos meses a España para aplicar nuevas normas para firmas de inversión

Bruselas da dos meses a España para aplicar nuevas normas para firmas de inversión

La Comisión Europea ha dado un plazo de dos meses a España para incorporar en su legislación nacional las nuevas normas comunitarias sobre requisitos de capital para las firmas de inversión, destinadas a garantizar que estas tengan un «colchón» suficiente para responder por los riesgos de su cartera.

Si la repuesta de España no satisface a Bruselas, esta podría llevar al país ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber transpuesto estas reglas, algo que debería haber hecho a más tardar en junio de este año, informó la Comisión en un comunicado.

En concreto, España no ha transpuesto la quinta directiva sobre requisitos de capital en lo que se refiere a las firmas de inversión, ni la directiva y regulación específicas sobre las normas prudenciales para este tipo de empresas.

La primera, adoptada en 2019, establece en general el nivel de capital que tienen que tener las entidades financieras para asegurar que en caso de crisis cuentan con un colchón suficiente para absorber pérdidas, de modo que no sea necesario un rescate público como ocurrió durante la crisis financiera de 2008.

La segunda, aprobada el mismo año, creó un marco específico dentro de estas normas prudenciales para las firmas de inversión, con el fin de reflejar mejor su tamaño, la naturaleza y la complejidad de las actividades que llevan a cabo, lo que en la práctica se traduce en menores requisitos de capital.

Ambas normas tenían que haber sido introducidas en las legislaciones de los respectivos Estados miembros para el 26 de junio de 2021.

Sin embargo, al igual que España, tampoco Bulgaria, Letonia, Lituania, Malta y Portugal habían cumplido en el caso de la directiva de requisitos de capital, en tanto que Bulgaria e Italia tampoco habían transpuesto las normas prudenciales para las firmas de inversión.

Por otra parte, también en materia de Servicios Financieros, la Comisión dio dos meses a España para eximir a las entidades de financiación colectiva («crowdfunding») autorizadas conforme a la regulación europea para estos servicios de la directiva para los mercados de instrumentos financieros (MiFID).

La regulación sobre servicios europeos proveedores de «crowdfunding» buscaba armonizar las normas para este tipo de plataformas en toda la UE y eximirlas de los requisitos generales de la directiva sobre instrumentos financieros, destinada a proteger a quienes invierten en bonos, acciones, derivados u otros productos, para lo cual se enmendó la directiva.

El objetivo era dar «más oportunidades de inversión y una protección coherente en la UE a las empresas que necesitasen financiación en las fases iniciales» de su negocio, recordó la Comisión.

Sin embargo, España, al igual que Países Bajos, Italia, Lituania, Estonia, Finlandia, Letonia, Bulgaria y Grecia no han notificado ninguna medida para transponer la directiva enmendada, pese a que los cambios tenían que haber entrado en vigor en mayo pasado.

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