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El Banco de España dejará de canjear pesetas por euros en diciembre

El Banco de España dejará de canjear pesetas por euros en diciembre

El Banco de España ha recordado que dejará de canjear pesetas por euros el 31 de diciembre de 2020, 18 años después de que la peseta fuese sustituida por el euro como moneda de curso legal en España.

Hasta la fecha, los tenedores de los 1.610 millones de euros que quedan en pesetas sin canjear podrán solicitar su cambio en la sede del Banco de España ubicada en Madrid y en cualquiera de sus sucursales, debido a que el plazo para canjear en entidades financieras culminó el 30 de junio del año 2002.

De acuerdo con la nota de prensa, todos los billetes de peseta posteriores a 1939 son canjeables por euros, en tanto que los billetes emitidos entre 1936 y 1939 también pueden ser objeto de canje tras ser analizados por los expertos del Banco de España.

En relación a las monedas, el Banco de España ha dicho que sólo admiten las que estaban en circulación el 1 de enero de 2002 y ha destacado que es la última oportunidad que tienen los españoles para cambiar por euros todas las monedas conmemorativas, de colección y especiales denominadas en pesetas.

De acuerdo a los últimos datos disponibles, de finales de noviembre, el importe de los billetes y monedas en pesetas que quedaban por retirar se había elevado hasta los 1.610 millones de euros, cantidad que representa cerca del 3% del saldo total en circulación a 31 de diciembre de 2001 (48.750 millones de euros).

El importe de los billetes que todavía no han sido canjeados es de 819 millones de euros, un 1,8% del total en circulación en fin de año de 2001 (46.228 millones de euros) y el de las monedas que faltan por canjear se ubica en 791 millones de euros, casi un 32% del total en circulación al término de 2001 (2.522 millones de euros).

El Banco de España ha subrayado que no se ha establecido ningún límite cuantitativo para canjear pesetas por euros, pero se aplica la normativa vigente en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales, que fija una serie de obligaciones mínimas de identificación y comunicación de las operaciones con efectivo.

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