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viernes, marzo 29, 2024
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Cajamar retira todas sus claúsulas suelo

 Cajamar retira todas sus claúsulas suelo

Cajamar Caja Rural va a retirar las cláusulas suelo de «todas sus hipotecas», en respuesta al auto del Tribunal Supremo (TS) en el que se reafirma la sentencia que declara nulas las cláusulas suelo si ha habido falta de transparencia o de información a los firmantes de las hipotecas.

Así lo han anunciado fuentes de la entidad financiera, que han precisado que su aplicación, «con carácter general», será con efecto 9 de mayo, fecha en la que se notificó la resolución de origen del Alto Tribunal, que afectó a BBVA, NGC Banco y Cajas Rurales.

La decisión llega después de que los servicios jurídicos de Cajamar hayan recibido el pasado miércoles la notificación del auto aclaratorio emitido por el Supremo a petición de las propias entidades, que solicitaron rectificación, aclaración y subsanación de la sentencia. En concreto, pedían que el tribunal precisara si era necesario que concurrieran una serie de circunstancias para que una cláusula fuera declarada nula.

El Tribunal Supremo ha aclarado que la creación de la apariencia de un contrato de préstamo hipotecario a interés variable, cuando el índice de referencia o su evolución, previsible para el profesional, a corto o medio plazo lo conviertan en interés mínimo fijo variable nada más al alza, «constituye uno de los diferentes supuestos de falta de transparencia» del contrato y de «cláusula abusiva», sin necesidad de que concurra ningún otro requisito.

El Supremo precisa que la sentencia emitida en su día «proclama la licitud de las cláusulas suelo condicionada a que se observe la especial transparencia exigible en las cláusulas no negociadas individualmente que regulen los elementos principales de los contratos suscritos con consumidores». Recuerda que se identificaron seis motivos por los que las cláusulas no eran lícitas. Ahora aclara que «no se trata de una relación exhaustiva de circunstancias a tener en cuenta con exclusión de cualquier otra».

«Tampoco determina que la presencia aislada de alguna o algunas (de estas circunstancias) sea suficiente para que pueda considerarse no transparente la cláusula a efectos de control de su carácter eventualmente abusivo», indica la sala.

Otro de los aspectos en los que hace hincapié el Alto Tribunal es el hecho de que aunque la cláusula haya resultado beneficiosa para el consumidor durante un periodo de tiempo «no la convierte en transparente ni hace desaparecer el desequilibrio en contra de los intereses del consumidor». «La cláusula tiene por finalidad exclusiva proteger los intereses de la prestamista frente a las bajadas de índice de referencia», añade.

Finalmente, la aclaración del Supremo insiste en que la transparencia es una condición insustituible en un contrato hipotecario. «El perfecto conocimiento de la cláusula, de su trascendencia y de su incidencia en la ejecución del contrato, a fin de que el consumidor pueda adoptar su decisión económica después de haber sido informado cumplidamente, es un resultado insustituible, aunque susceptible de ser alcanzado por pluralidad de medios», apunta.

La Sala subraya que en el futuro «no puede anudarse de forma automática al cumplimiento de determinadas fórmulas, tantas veces convertidas en formalismos carentes de eficacia real». Añade también que en sentido retroactivo, «no tolera vaciar de contenido la sentencia que condena a eliminar de los contratos en vigor las cláusulas declaradas nulas».

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