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viernes, abril 19, 2024
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No se podrá emplear deuda como vía de financiación

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El Ejecutivo español ha emitido un documento que otorga poderes al FROB para «realizar operaciones de aumento o reducción de capital, aunque impliquen la reducción a cero del capital social, y de emisión y amortización total o parcial de obligaciones, cuotas participativas y cualesquiera otros valores o instrumentos financieros, así como las modificaciones estatutarias relacionadas con estas operaciones, pudiendo determinar la exclusión del derecho de suscripción preferente en los aumentos de capital, incluso en los supuestos previstos en el artículo 343 de la Ley de sociedades de capital, o emisión de cuotas participativas».

La deuda «senior» ha sido muy utilizada por la banca española como vía de financiación. Por ello, la posibilidad de que este tipo de inversores tenga que asumir quitas supondría un nuevo mazazo al sector y a su imagen, explican fuentes financieras.

La cifra de la ayuda, en cualquier caso, sí que está clara. El ministro de Economía, Luis de Guindos, explicó ayer que los bancos españoles que tengan que recurrir a la ayuda europea dispondrán como máximo de los fondos que determine la consultora Oliver Wyman cuando concluya en septiembre el examen del sector financiero. En una entrevista concedida al «International Herald Tribune», señaló que, en cualquier caso, España usará un máximo de 60.000 millones de los 100.000 que tiene a su disposición a este respecto.

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