Openbank recibe una sanción de 40 millones de euros por deficiencias en sus procesos internos

0
1984

Openbank recibe una sanción de 40 millones de euros por deficiencias en sus procesos internos

El organismo supervisor español en materia de prevención del blanqueo de capitales ha impuesto una multa de 40 millones de euros a Openbank, entidad de banca digital perteneciente al Banco Santander, por deficiencias relacionadas con sus procesos internos. La sanción ha sido acordada por el Sepblac, el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, dependiente del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

Según la información publicada por agencias y medios especializados, la resolución sancionadora se refiere a incumplimientos detectados en el funcionamiento de determinados mecanismos internos de la entidad, sin que se haya detallado públicamente el alcance concreto de las deficiencias ni los periodos temporales afectados. La multa asciende a 40 millones de euros, una cuantía que sitúa esta actuación entre las sanciones más relevantes impuestas en el ámbito de la supervisión de los controles internos de entidades financieras en España.

El Sepblac es el organismo responsable de supervisar el cumplimiento de la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo por parte de bancos, entidades de pago y otros sujetos obligados. En el ejercicio de sus funciones, puede iniciar procedimientos sancionadores cuando detecta fallos en los sistemas de control, seguimiento o evaluación de riesgos que las entidades deben mantener de forma permanente. En este caso, la actuación se ha centrado en los procesos internos de Openbank, sin que se hayan hecho públicos más detalles técnicos sobre los aspectos concretos que motivaron la sanción.

Openbank es una de las principales plataformas de banca digital que operan en España y en otros mercados internacionales. La entidad forma parte del grupo Banco Santander, aunque cuenta con estructura y operativa propias. La sanción ha sido impuesta a Openbank, si bien el importe de la multa se ha determinado atendiendo a los criterios habituales de proporcionalidad previstos en la normativa vigente, entre los que se incluye el tamaño del grupo al que pertenece la entidad sancionada.

Desde el sector financiero, las sanciones por cuestiones relacionadas con procesos internos suelen estar vinculadas a la obligación de las entidades de disponer de sistemas sólidos de control, procedimientos documentados y herramientas adecuadas para identificar, evaluar y mitigar riesgos operativos y regulatorios. Estos requisitos son especialmente relevantes en el caso de la banca digital, cuyo modelo de negocio se apoya de forma intensiva en canales remotos y procesos automatizados.

Hasta el momento, ni el Sepblac ni Openbank han difundido un comunicado oficial detallando los términos exactos de la resolución sancionadora. La información conocida procede de fuentes periodísticas y de agencias de información financiera que citan el procedimiento llevado a cabo por el organismo supervisor. Tampoco consta, por ahora, la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado, un trámite que en algunos casos se produce con posterioridad a la adopción formal de la sanción.

El grupo Banco Santander, al que pertenece Openbank, ha sido objeto en otras ocasiones de actuaciones supervisoras en distintos mercados, en el marco de su actividad internacional. En este caso concreto, la sanción se circunscribe a la entidad digital y a cuestiones relacionadas con sus procesos internos, según la información disponible, sin que se haya indicado la existencia de irregularidades en perjuicio directo de clientes.

La normativa española en materia de prevención del blanqueo de capitales establece obligaciones estrictas en relación con la organización interna, la formación del personal, la supervisión de operaciones y la detección de posibles riesgos. El incumplimiento de estas obligaciones puede dar lugar a sanciones económicas de elevada cuantía, como la impuesta en esta ocasión, además de otras medidas administrativas.