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Imputados exdirectivos de Banco Pastor

 Imputados exdirectivos de Banco Pastor

Los exdirectivos de Banco Pastor, José María Arias Mosquera (expresidente del consejo de administración) y Jorge Gost Gijón (exconsejero delegado) han sido imputados este lunes por el juzgado de instrucción número 3 de A Coruña, por una denuncia efectuada por un accionista de la entidad.

Según han confirmado fuentes del despacho de abogados Frade Gobeo, la querella criminal interpuesta por Manuel G.S. se presentó el 13 de octubre de 2011 por delitos derivados de la administración fraudulenta, por dos delitos relativos al mercado y a los consumidores, uno societario, uno de falsedad en documento mercantil y otro de estafa.

El 4 de noviembre de 2011, la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de A Coruña dicta auto de apertura de diligencias previas al detectar la posible existencia de delito de falsificación de documentos mercantiles. En la providencia del pasado 4 de febrero en la que la jueza cita a declarar el día 25 de este mes «en calidad de imputados» tanto a Arias Mosquera como a Jorge Gost no se aclara qué delitos en concreto se le imputan.

No obstante, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha aclarado que finalmente este martes a las 10.00 horas sólo declarará José María Arias Mosquera, puesto que aún no ha podido formalizarse la citación de Jorge Gost.

La querella fue presentada por un pequeño accionista de Barcelona en relación a los ejercicios 2008, 2009 y 2010, cuando el demandante sostiene que las cuentas «eran falseadas mediante una trama financiera articulada con sociedades de las que el propio Banco Pastor era propietario», de forma que la entidad habría ocultado en sus balances las «pérdidas continuadas» de siete empresas inmobiliarias que eran de su propiedad. Según sus datos, Banco Pastor estaría en pérdidas desde el ejercicio 2008.

Así, el representante legal del querellante ha explicado que el Banco Pastor captaba fondos para su ‘core capital’ mediante la suscripción de acciones y la emisión de preferentes en el mercado minorista, a través de oficinas.

Con ese dinero otorgaba créditos participativos a las sociedades filiales, de forma que «dejaban de ser insolventes» y así la entidad bancaria podía cobrar los intereses de los créditos hipotecarios que tenían otorgadas esas «sociedades fallidas» y «ponerlos en sus resultados».

«El banco volvía a poner el dinero en sus beneficios en la cuenta de resultados y como recurso propio en su balance, con lo que contabilizaba dos veces el mismo dinero», ha expuesto el abogado del querellante, que define como «trama piramidal» una dinámica que habría sido diseñada «para dar apariencia de solvencia» al Banco Pastor y «maquillar su cuenta de resultados», de forma que les permitiese seguir captando fondos mediante la suscripción de acciones y la emisión de preferentes.

Según el denunciante, si el banco hubiera registrado en su balance «el volumen de pérdidas ingente» por el crédito hipotecario fallido se hubiera desvelado que estaba en «quiebra legal». Según el informe pericial que acompaña a la demanda, el Pastor en 2010 contaba con un patrimonio neto negativo de -314,3 millones de euros, mientras que la entidad hablaba de una cifra de fondos propios de 1.324,8 millones.

Los dos informes económicos que acompañan a la querella indican que la diferencia entre ambas cifras corresponde a las pérdidas que se habrían ido generando entre los años 2008 y 2010 y que ascenderían a 1.639,1 millones de euros.

No obstante, la dinámica diseñada para «dar apariencia de solvencia» al Pastor le permitía seguir dirigiéndose al mercado de valores y lanzar preferentes y acciones para ser suscritas por pequeños clientes minoristas.

A mayores del «perjuicio» para los accionistas y aquellos que compraron preferentes, el abogado del demandante subraya que los miembros del consejo de administración y los directivos del Banco Pastor cobraron bonus e incentivos «no justificados», pese a esta situación de «quiebra legal maquillada».

El Juzgado de Instrucción número 3 de A Coruña solicitó por oficio en 2011 un informe al Banco de España, que sostiene que no puede concluirse que haya «ningún tipo de irregularidad» de la cúpula del Banco Pastor. Al respecto, el abogado del demandante señala que el regulador en ese informe «encubría de manera inadmisible la actividad piramidal presuntamente ilícita y delictiva» de Banco Pastor.

«El Banco de España parece estar más preocupado por la credibilidad del sistema financiero que por las obligaciones de sus directivos», señala el abogado de Manuel G.S., quien apunta que quieren que declare la persona que suscribió ese informe porque no lo consideran conforme a derecho «en ningún caso».

Al ser absorbido el Pastor por Banco Popular, el demandante percibió que podría tratarse de una causa de relevancia estatal, pero la Audiencia Nacional no aceptó la inhibición del Juzgado de A Coruña en este asunto y volvió a remitirle la causa, al considerar que carecía de relevancia nacional. El 26 de marzo de 2012 presentaron una ampliación de querella.

Por su parte, Banco Popular, actual propietario del Pastor, ha calificado de «injusta» la interposición de la querella contra el antiguo consejo del banco y ha advertido de que, tanto los querellados, como el propio banco, «se reservan el ejercicio de cuantas acciones le correspondan en la defensa de su buen nombre, incluidas las de índole penal».

Por último, el bufete Frade Gobeo ha indicado que las siete promotoras inmobiliarias creadas por Banco Pastor daban «pérdidas continuadas». Asimismo, señala que si los suscriptores de preferentes y los accionistas hubiesen sido conscientes de la posición real del banco, no habrían realizado inversiones con él.

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