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jueves, abril 25, 2024
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El Gobierno difunde las bases de la reforma bancaria

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  • Refuerza el papel del FROB

El nuevo documento otorga un gran poder de acción al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, que se convierte en gestor de la reestructuración y de la resolución ordenada de las entidades financieras. Estará regido por una comisión y sujeto a control parlamentario. Cada tres meses, el presidente de la comisión tendrá que acudir al Congreso de los Diputados. Su financiación provendrá de los presupuestos y de las operaciones de endeudamiento que sean necesarias.

Las entidades que sean inviables, o que previsiblemente lo serán en el futuro, y que supongan un peligro para la estabilidad de la economía o del sistema financiero, serán liquidadas en un proceso que gestionará el Fondo de Reestructuración. Sólo evitarían este proceso aquellos entidades financieras cuya resolución ordenada puedan perjudicar gravemente la estabilidad del sistema financiero conjunto.

  • Nuevas pautas de reestrucuración bancaria

Se plantean dos posibles actuaciones:

  1. La intervención temprana, que obliga a las entidades que se encuentran en disposición de cumplir por sí mismas con los requerimientos de solvencia y liquidez en el corto plazo a presentar un plan de actuación de una duración inferior a tres meses. El plazo para presentar los documentos podría ser de tan sólo 10 días.
  2. Una reestructuración mediante ayudas del Frob a través de préstamos, créditos o recapitalizción de las entidades que necesiten ayuda. El plazo de devolución de las mismas será de cinco años, pudiendo ser ampliados en dos más en función de la situación económica.
  • Fija la solución a las participaciones preferentes

Quienes hayan invertido en partipaciones preferentes de una entidad que sea reestructurada o resuelta deberán afrontar la pérdida de parte de su inversión. El Frob y un experto independiente evaluarán el precio óptimo de canje de las participaciones preferentes y de la deuda subordinada en función del precio de mercado.

El documento perfila el banco malo en el que las entidades financieras que reciban ayudas segreguen sus activos problemáticos. El Gobierno debate con la ‘troika’ el formato jurídico de la sociedad y cómo se integrarán los activos que ahora están en manos de los bancos.

  • Rebaja el sueldo de los directivos de bancos que reciban ayudas

Los presidentes ejecutivos, consejeros delegados y directivos de las entidades que soliciten ayuda al Frob no podrán cobrar más de 500.000 euros anuales. La cifra supone una rebaja de 100.000 euros con respecto a lo que se marcó en el real decreto aprobado el pasado mes de febrero.

  • Los banqueros responderán de la gestión de las entidades

Los administradores de aquellas entidades que requieran la ayuda del Frob, tendrán que responder de los daños y perjuicios causados en proporción a su participación y a la gravedad de los mismos. Es la primera ocasión en la que se contempla esta posibilidad.

Nuevas exigencias de capital.
Todas las entidades, hayan solicitado o no ayuda al Frob, tendrán que tener una ratio de capital principal del 9%. La legislación anterior exigía una ratio del 8% o del 10% en función de la situación de la de la entidad. Ahora, coincide con las exigencias de Bruselas y de la Autoridad Bancaria Europea.

  • Deroga la legislación anterior

El nuevo decreto elimina muchas de las medidas que aprobó el Gobierno socialista en el pasado año. Una de ellas, por ejemplo, es la citada obligación de que todas las entidades presenten un ratio mínima de capital del 9%.

  • Apoyo al Fondo de Garantía de Depósitos

Si el FGD se queda sin dinero, algo que ha estado cerca de ocurrir durante este año, el Frob podrá financiar al FGD en condiciones de mercado y utilizando de manera eficiente los recursos públicos.

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