Abanca ha asegurado que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las cláusulas suelo no le afecta, toda vez que su responsabilidad en esta materia ya ha sido juzgada en España en dos ocasiones, tanto por el Tribunal Supremo como por un juzgado de lo Mercantil en Madrid en 2016.
En concreto, el fallo del tribunal europeo obliga a los bancos a devolver lo cobrado de manera irregular desde la firma del contrato de la hipoteca con estas cláusulas, y no solo desde 2013, de cuando data la resolución del Supremo que dictaminó que estas condiciones eran disconformes con la normativa.
Con todo, fuentes de Abanca, que han reivindicado que desde que el banco comenzó a operar con esta denominación nunca «comercializó ni vendió» este tipo de productos, han señalado ess que cualquier contingencia en este sentido deberá ser satisfecha por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB).
Abanca es heredera de las antiguas cajas de ahorro gallegas y Novagalicia, y fue comprada por Juan Carlos Escotet bajo el acuerdo de que el FROB cubriría el 85% de las reclamaciones relacionadas con préstamos hipotecarios.
Es por ello que, a juicio del banco, es este fondo el que deberá asumir el reintegro de buena parte de las cantidades derivadas de cualquier demanda sobre las cláusulas suelo que, como insisten las mismas fuentes, no se comercializan «desde 2011» ni se cobran a los clientes «desde 2013».