La Audiencia Nacional ha anulado el ERTE (expediente de regulación temporal de empleo) de Liberbank, en base a que la ausencia de varios sindicatos en la firma del mismo va en contra de la libertad sindical.
La sentencia anula el acuerdo de 25 de junio firmado entre la entidad, CC. OO. y UGT que suavizaba las medidas unilaterales que tomó el banco cuando el ERTE inicial no fructificó. En la firma de este acuerdo no participaron los sindicatos CSI Corriente Sindical de Izquierdas, STXC-CIC Sindicato de trabajadores de Crédito, Confederación Sindicatos Independientes de Cajas de Ahorros, Csif y Apecasyc, que son los que presentaron la demanda contra Liberbank, Banco de Castilla-La Mancha, CC.OO. y UGT.
Tras estudiar el caso, la Audiencia obliga a reponer a los trabajadores las condiciones anteriores a la aplicación de las medidas tomadas con este acuerdo y que contemplaba medidas más duras para los empleados.
La Sala fundamenta su decisión en el hecho de que las negociaciones deben hacerse «con arreglo a los criterios de buena fe», lo que exigirá necesariamente que los representantes de los trabajadores dispongan de la información necesaria para que el periodo de consultas alcance sus objetivos. En este caso señala que, al estar en juego medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada e inaplicación del convenio era obligado que todos los negociadores dispusieran de la información que incluía «necesariamente» las cuentas provisionales de 2013.
También subraya que se ha acreditado que Liberbank y Banco Castilla-La Mancha, así como los sindicatos mayoritarios, alcanzaron un acuerdo en la madrugada del 25 de junio del que excluyeron al resto de secciones sindicales, que tan solo podían votar a favor o en contra de la propuesta.
Además, indica que los representantes sindicales pueden realizar «tanteos o acercamientos», pero aclara que «una cosa es hablar a alguna de las partes y otra cerrar acuerdos definitivos», como ha sucedido en este caso.
«Allí no hubo negociación alguna, por cuanto las secciones excluidas de la negociación previa solo tenían dos opciones: asumirla u oponerse a la misma», apunta la resolución jurídica, que declara probado que los demandantes «vieron impedido su derecho a la libertad sindical en su vertiente funcional a la negociación colectiva».
Tras conocer el fallo, que seguramente será recurrido por Liberbank, el sindicato CSICA ha señalado que la sentencia «supone un severo correctivo y una llamada de atención tanto para la dirección de la entidad como para los sindicatos de clase». A su juicio, el texto es «demoledor» y afectará directamente a la imagen de Liberbank.
CSICA espera que la anulación del ERTE por parte de la Audiencia Nacional sirva para que la directiva de la entidad analice de nuevo la situación laboral de los empleados de Liberbank y tome medidas al respecto.