BBVA ha reafirmado su defensa de que el criterio fijado por el Tribunal Supremo español «por unanimidad y en pleno» era «conforme a derecho europeo» después de declarar nulas estas cláusulas por falta de transparencia y sentó jurisprudencia para su devolución desde el 9 de mayo de 2013.
«Siempre hemos defendido que el criterio fijado por el Supremo español por unanimidad, en pleno, era conforme a derecho europeo. El informe del abogado general no varía nuestra posición», han explicado a la agencia de noticias Europa Press fuentes de BBVA.
Por su parte, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado que se aplique una retroactividad «limitada en el tiempo» en el cálculo de las cantidades que los bancos deberán devolver a los afectados por las cláusulas suelo en España.
Carlos Torres, consejero delegado de BBVA, ha descartado varias veces en público que la entidad se pudiera ver afectada por un eventual fallo del Tribunal de Justicia de la UE que obligara a devolver las cláusulas suelo con efectos retroactivos. El banco decidió eliminar este tope a la caída del Euríbor desde el 9 de mayo de 2013 tras una sentencia del Tribunal Supremo.
«BBVA fue parte de un proceso que acabó con una sentencia firme en la que la entidad dejó de aplicar las cláusulas suelo desde mayo de 2013. Es cosa ya juzgada y cualquier eventual revisión no afectaría al banco porque nuestro caso ha sido juzgado», argumentaba Torres.
A través de un comunicado, el director de los servicios jurídicos contenciosos del grupo BBVA, Eduardo Ortega, ha valorado que las conclusiones del abogado general ratifican que el artículo 6 de la Directiva dejaba importantes «márgenes» de decisión a las autoridades de los Estados miembros a la hora de fijar ciertas consecuencias temporales de la abusividad. «Esos márgenes no podían ser de facto suprimidos», ha argumentado.