Banco Santander y MAPFRE han llevado a cabo una ampliación de capital por un montante de un millón de euros en su ‘joint venture’ creada para comercializar la hipoteca inversa, según refleja el Boletín Oficial del Registro Mercantil (Borme) de este pasado jueves día 12 de diciembre.
Tras la ampliación, la firma conjunta de Banco Santander y Mapfre ha alcanzado un capital de 14 millones de euros.
La hipoteca inversa de Banco Santander y MAPFRE se empezó a comercializar en Madrid en noviembre de 2023. Al inicio de 2024, se lanzó en Murcia, Albacete, Comunidad Valenciana, Andalucía y Cataluña, y el 30 de abril pasado, Santander Mapfre comenzó a ofrecer este producto financiero en Asturias, Galicia y Cantabria.
La hipoteca inversa se dirige a personas de más de 65 años con una vivienda en propiedad. En concreto, se trata de un préstamo, estimado a esperanza de vida, por el que el cliente ingresa una cantidad fija mensual. El cliente no devuelve nada en vida, y tras su fallecimiento, son sus herederos los que deben devolver el préstamo consumido y sus intereses.
Este producto de Banco Santander y MAPFRE presenta dos modalidades: con y sin renta vitalicia. En el primer caso, el abono mensual de las cuotas se efectúa hasta el fallecimiento del último de los titulares de la vivienda, puesto que, junto con la hipoteca, se contrata un producto de renta vitalicia con Mapfre Vida, cuyo coste esta englobado en la hipoteca desde el principio. De este modo, el cliente se garantiza ese ingreso mensual hasta su fallecimiento. La prima de la renta vitalicia se devuelve a los herederos en el caso de que el cliente fallezca antes de poder disfrutar de ella.
Respecto a la segunda opción, el abono mensual de las cuotas se entrega solo hasta la esperanza de vida del cliente. En esta opción, se reduce la deuda sobre el inmueble, pero el cliente puede tener problemas de liquidez si sobrepasa esa edad.
La vivienda debe estar libre de cargas y en una zona de rápida venta de inmuebles y limitada volatilidad de los precios. Asimismo, sólo los propietarios pueden vivir en ella, y tiene que ser su residencia habitual.