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viernes, abril 19, 2024
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Economía consulta al BCE sobre la fusión CaixaBank-Bankia

 

Economía consulta al BCE sobre la fusión CaixaBank-Bankia

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital pedirá al Banco Central Europeo un informe sobre la fusión entre Bankia y CaixaBank y, una vez disponga de las conclusiones de dicho informe, será Economía quien tenga la última palabra sobre la operación.

El papel del BCE en una fusión depende de la normativa del país o países en los que tengan su sede las entidades que se fusionan, ya que este tipo de operaciones no se regulan en el Derecho europeo, sino en el Derecho nacional.

Si el Derecho del país en cuestión otorga facultades al supervisor nacional a este respecto, el BCE ejerce dichas facultades cuando se trata de fusiones de entidades significativas que supervisa directamente.

En cualquier caso, el BCE debe aprobar adquisiciones de participaciones cualificadas en entidades de crédito cuando sean iguales o superiores al 10% de las acciones o derechos de voto de la entidad o superen los demás umbrales pertinentes (20%, 30% o 50%).

De este modo, la entidad que pretenda adquirir una participación cualificada deberá notificarlo al supervisor nacional, que junto al BCE evalúan la adquisición propuesta de acuerdo con los criterios establecidos en la Directiva de Requisitos de Capital (reputación del adquiriente y experiencia de los directivos propuestos, solvencia del adquiriente, impacto en la entidad y riesgo de vínculos con el blanqueo de dinero o la financiación del terrorismo).

La legislación española hace recaer la última palabra en una operación de estas características en el Ministerio de Asuntos Económicos, que deberá pedir al BCE, como supervisor, un informe. En cualquier caso, el papel del BCE podrá cobrar mayor relevancia en función de la estructura de la operación.

El Consejo de Supervisión del BCE anunció en julio que «facilitará» la consolidación del sistema bancario de la zona euro mediante el uso de sus herramientas supervisoras, por lo que no exigirá unos requisitos de capital más elevados a las entidades que surjan de una fusión.

De este modo, los proyectos «sostenibles» de consolidación tendrán unos requisitos de capital iniciales iguales a la media ponderada a los requisitos del Pilar 2 de las entidades que se van a fusionar.

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