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martes, marzo 19, 2024
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Novo Banco responderá por las preferentes de BES

 Novo Banco responderá por las preferentes de BES

El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos interpuestos por Novo Banco contra una sentencia en la que se declaró que esta entidad estaba «legitimada pasivamente» para soportar la acción de nulidad ejercitada por una consumidora que había contratado con Banco Espirito Santo (BES) la adquisición de unas participaciones preferentes de la entidad islandesa Kaupthing Bank.

La sentencia recurrida había declarado la nulidad de dicha adquisición, por incumplimiento de las obligaciones de información que incumbían a BES, y había condenado a Novo Banco, como sucesor de BES, a restituir el importe de la inversión.

El Supremo ha recordado que la situación de insolvencia del BES, una de las entidades más importantes de Portugal y con una «considerable» implantación en España, motivó que el Banco de Portugal iniciara un proceso de reestructuración y resolución del banco mediante dos decisiones, del 3 y del 11 de agosto de 2014, cuyo fin era aclarar y ajustar el perímetro de lo transmitido a Novo Banco, ‘banco puente’ al que se transmitió parcialmente el negocio de BES.

El recurso de Novo Banco, en el que se han personado el Banco de Portugal y el Fondo de Resolución para apoyar la posición de esta entidad, defendía que la responsabilidad de BES en el contrato celebrado con la demandante «no había sido transmitida a Novo Banco». En todo caso, y como consecuencia de las decisiones de 2015 tomadas por el Banco de Portugal, ese pasivo habría sido retransmitido de nuevo a BES, por lo que la entidad carecería de legitimación pasiva.

Sin embargo, el Supremo señala que en el caso resuelto en la nueva sentencia «la demanda se había presentado el 4 de febrero de 2015», es decir, antes de las decisiones de diciembre de 2015.

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