today-is-a-good-day
7.3 C
Madrid
viernes, marzo 29, 2024
Inicio Economía y Finanzas Nuevo bono social para los consumidores domésticos de energía eléctrica

Nuevo bono social para los consumidores domésticos de energía eléctrica

Nuevo bono social para los consumidores domésticos de energía eléctrica

El pasado sábado, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el decreto que regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social, y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, que entró en vigor este domingo.

El pasado viernes fue aprobado, por el Consejo de Ministros el reglamento del nuevo bono social eléctrico, que da un plazo de seis meses a los hogares que actualmente lo perciben para que lo renueven, en el caso de que puedan seguir beneficiándose de este descuento en la factura de la luz.

Este reglamento se recoge en el real decreto de desarrollo del decreto ley que regula esta ayuda.

Entre las novedades destaca que el nuevo bono social, a partir de ahora, va a estar basado en criterios de renta para que puedan acceder los consumidores que más lo necesitan. Se descontará un 25% en la factura a los consumidores vulnerables, un 40% a los vulnerables severos y el 50% si además estén siendo atendidos por los servicios sociales.

En el caso del colectivo que se beneficiará de un 50% de descuento, las compañías eléctricas no podrán cortar el suministro bajo ninguna circunstancia.

Para percibir el bono con el descuento del 25%, la renta anual de la unidad familiar deberá ser inferior a unos determinados umbrales, que varían en función del tamaño del hogar.

Así, en el caso de una sola persona sus ingresos deberán ser de unos 11.000 euros, cuantía que se amplía hasta unos 19.000 euros en el caso de familias con dos hijos.

Otra novedad es que se fijan unos límites máximos de consumo eléctrico a los que será aplicable el descuento del bono social, con la finalidad de asegurar la eficiencia en el consumo energético.

También a partir de ahora, las comercializadoras estarán obligadas a comunicar los impagos en un plazo máximo de dos meses, para evitar que se acumulen retrasos que no sean detectados por los consumidores.

Últimas Noticias

- Advertisement -

Contenido Relacionado

- Advertisement -