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Multa de 600.000 euros a CajaSur

 Multa de 600.000 euros a CajaSur

La multa de 600.000 euros impuesta a la desaparecida Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba (CajaSur) por la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 24 de julio de 2008, ha sido ratificada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Se trata de cinco sanciones, de multa y amonestación, por un total de 600.000 euros, por otras tantas infracciones de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales que la entidad no aplicó.

Así lo recoge la sentencia del Supremo mediante la que se desestima el recurso de casación interpuesto por la extinta CajaSur contra la sentencia dictada, con fecha 30 de septiembre de 2009, por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que igualmente ratificó entonces la citada orden ministerial, dirigida contra la ya desaparecida caja cordobesa, entonces en manos de la Iglesia Católica (Cabildo Catedral de Córdoba), que en 2010 fue intervenida por el Banco de España y adquirida en subasta por BBK (luego Kutxabank), que hizo de la entidad su banco instrumental, primero bajo la denominación de BBK Bank CajaSur y ahora como CajaSur Banco.

La orden ministerial ahora ratificada por el Supremo, en base a un expediente sancionador abierto en 2007, acordó imponer a CajaSur, como responsable de cuatro infracciones muy graves, previstas en la citada Ley, cuatro sanciones consistentes en multa 100.000 euros y amonestación privada en cada caso, por «incumplimiento del deber de examen especial de operaciones», por «incumplimiento de la obligación de identificación y conocimiento de los clientes», por «incumplimiento de la obligación de conservar durante un periodo de seis años los documentos que acrediten adecuadamente la identidad de los clientes y la realización de las operaciones en las que éstos intervienen» y por «incumplimiento de la obligación de establecer procedimientos y órganos adecuados de control interno y comunicación a fin de prevenir e impedir la realización de operaciones relacionadas con el blanqueo de capitales».

A esos 400.000 euros de multa, deben añadirse otros 200.000, dado que la orden ministerial también incluía la imposición a Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, por infracción muy grave, de «una sanción consistente en multa de 200.000 euros y amonestación privada, por incumplimiento de la obligación de comunicar al Servicio Ejecutivo, por iniciativa propia, cualquier hecho u operación respecto al que exista indicio o certeza de que está relacionado con el blanqueo de capitales, y de la obligación de abstención de ejecución de operaciones con indicios o certeza de relación con el blanqueo de capitales, en tanto en cuanto no se hayan comunicado al Servicio Ejecutivo».

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