today-is-a-good-day
7.4 C
Madrid
viernes, marzo 29, 2024
Inicio Bancos BBVA condenado por colocar ‘swap’ sin informar de los riesgos

BBVA condenado por colocar ‘swap’ sin informar de los riesgos

BBVA, presidido por Francisco González, ha sido condenado por la Audiencia de Girona a devolver dinero a unos clientes a los que les vendió un ‘swap’ hipotecario sin informar debidamente de los riesgos.

La entidad deberá pagar alrededor de 10.000 euros a estos clientes que contrataron el producto bajo la denominación de ‘cuota segura’, que protegía su hipoteca de eventuales subidas de los tipos de interés pero que también les hacía pagar más si éstos se situaban por debajo de la cantidad acordada. Según la sentencia el banco vendió el producto en 2008, cuando sabía que “se esperaba una bajada histórica” de los tipos de interés.

El ‘swap’ hipotecario es un producto financiero que establece un tipo de interés fijo durante un plazo. Esto beneficia al cliente en caso de subida pero, por contra, le perjudica si baja porque no hay ningún tope y el cliente termina asumiendo un diferencial que supone un beneficio para el banco. La sentencia resalta que «la finalidad» de los clientes era cubrir el riesgo de incremento del tipo de interés de su préstamo hipotecario y, por ello, se fiaron de los consejos y recomendaciones del personal de la oficina bancaria.

Durante los primeros meses de vigencia del contrato-entre noviembre de 2008 y abril de 2009 – las liquidaciones fueron favorables a los clientes por un importe de 32,67 euros pero a partir del mes de mayo las liquidaciones comenzaron a ser desfavorables. La diferencia entre la cuota segura, la que fijaba para cada mes una hipoteca de más de 1.300 euros, y la cuota variable, de acuerdo con los tipos de interés, era de 360,95 euros.

Como se sintieron engañados, intentaron anular el contrato pero no se pusieron de acuerdo con el banco y acudieron a los juzgados. Tras una sentencia en primera instancia que anula la el contrato ‘cuota segura’ y obliga al BBVA a devolver el dinero de más que las clientas pagaron, los representantes legales de la entidad recurrieron a la Audiencia.

La sentencia confirma la que emitió el Juzgado de Primera Instancia número 5, que concluye que cuando el BBVA colocó este producto a dos clientes no informó debidamente de los riesgos que estaban asumiendo. La sentencia también resalta que BBVA no cumplió con las obligaciones establecidas por ley que le obligan a cumplir con la directiva Mifid, por tanto, a realizar tanto el test de conveniencia como el de idoneidad a los clientes que contratan este tipo de productos.

Últimas Noticias

- Advertisement -

Contenido Relacionado

- Advertisement -