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viernes, marzo 29, 2024
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Banco de España: las cajas podían influir en el IRPH

Banco de España: las cajas podían influir en el IRPH

 

El Banco de España ha señalado que el tipo de interés IRPH Cajas, que permaneció en vigor hasta el año 2013 y que fue referencia de muchos créditos, es un índice en cuyo resultado cada caja podría haber influido, «aumentando los intereses aplicados por ella» en sus hipotecas.

Así ha quedado reflejado en el escrito que ha hecho llegar el Banco de España al Juzgado de lo Mercantil número 4 de Burgos. Los abogados Maite Ortiz y José María Erauskin realizaron un cuestionario que debía ser respondido por el Banco de España como resultado de un proceso que se sigue contra la entidad financiera Kutxabank.

En el documento, Banco de España responde a una quincena de preguntas y allí se recoge, entre otras cuestiones, que el IRPH Cajas «se calculaba a partir de datos facilitados por las propias entidades cada mes» y que «el aumento de comisiones por parte de una de las cajas incrementaría automáticamente el resultado del IRPH Cajas».

Ortiz y Erauskin, que además representa a la plataforma IRPH Stop de Gipuzkoa, exponen que el IRPH Cajas es un índice «opaco y poco transparente», que las entidades financieras que proporcionan los datos con los que se elaboraba no eran «representativas del mercado hipotecario» y que resultaban «influenciable» por las propias entidades.

Ambos abogados sostienen que  las respuestas del Banco de España «prueban que las entidades conocen con precisión matemática la influencia que va a tener en los cientos de miles de préstamos referidos a IRPH cualquier incremento en los tipos de interés o comisiones que formalicen en los préstamos de los nuevos clientes».

De igual manera, resaltan que el Banco de España acepta que las cajas tenían la misma importancia y el mismo peso específico en el cálculo del índice, «lo que significa que se daba el mismo valor al dato aportado por una entidad de gran relevancia en el mercado hipotecario que el facilitado por otra de ámbito local y casi nula incidencia en dicho mercado».

Varios de los juzgados de lo Mercantil de San Sebastián, Barcelona y Guadalajara han anulado varios casos de aplicación de este índice, aunque en el caso de Gipuzkoa, la Audiencia Provincial ha invalidado este tipo de sentencias al razonar que no se pudo probar que el índice fuera influenciado por una de las partes.

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