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jueves, abril 18, 2024
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Ignacio Gordillo: la denuncia contra la familia Botín carece de base legal

El abogado Ignacio Gordillo opina que la denuncia interpuesta ante la Audiencia Nacional en contra de la familia Botín –entre los que se encuentra  Emilio Botín y Ana Patricia Botín – por delito contra la hacienda pública, no tiene base legal.

Gordillo, Fiscal en excedencia de la Audiencia Nacional, sostiene en una columna del diario Expansión del 4 de julio que el “Derecho penal castiga conductas delictivas una vez que se han cometido, incluso en grado de tentativa cuando no se han consumado, pero lo que no puede hacer es castigar hechos delictivos que puedan ocurrir, es decir, sancionar la probabilidad de delinquir”.

A juicio de este especialista, en un Estado de derecho no se pueden castigar las ideas o pensamientos sino las conductas una vez que se han cometido.

Gordillo explica que si la Jurisdicción penal tiene como función investigar y descubrir hechos que tengan apariencia de delito, “parece impensable que se pueda admitir una denuncia, y por tanto considerar a los denunciados como imputados, porque la documentación incorporada al expediente sea y esté en francés e inglés”.

Tras la reciente admisión de un juez de la Audiencia Nacional de una denuncia contra varios miembros de la Familia Botín, esta familia aclaró que realizó una regularización voluntaria y completa en 2010 de todas sus obligaciones fiscales.

La familia Botín tomó la iniciativa y decidió, de forma voluntaria, proceder a declarar e ingresar todos los impuestos derivados de la existencia de dicho patrimonio y de sus rentas –con origen en la guerra civil, cuando la familia Botín, encabezada por el padre del actual Emilio Botín puso a salvo parte de su patrimonio en Suiza-, pagando 200 millones de euros.

El ingreso fue totalmente voluntario habida cuenta de que, ni el actual Presidente Emilio Botín Sanz de Sautuola y García de los Ríos, ni su hermano Jaime Botín Sanz de Sautuola y García de los Ríos eran titulares de cuentas de HSBC, ni han recibido requerimiento alguno de regularización por parte de la AEAT.

Según los expertos, en España, de acuerdo con el artículo 305 del Código Penal, no incurren en responsabilidad penal los contribuyentes que de forma voluntaria y sin mediar notificación expresa de actuaciones de comprobación regularicen una situación tributaria.

La familia ha facilitado desde julio de 2010 a la Administración Tributaria toda la información y documentación necesaria para comprobar la regularidad de las liquidaciones efectuadas.

 

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